Cristo Nuestra Redención
Plan Encuentro 3 Día 241
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Lectura del libro
Patriarcas y Profetas, páginas 492-494
el tabernáculo en ese lugar, pues el servicio del santuario se trasladó por último al templo de Jerusalén, y Silo se convirtió en una localidad insignificante. Solo quedan algunas ruinas para señalar el sitio que ocupó. Mucho después, la suerte que corrió aquel pueblo sirvió para amonestar a Jerusalén. “Id ahora a mi lugar en Silo, donde hice habitar mi nombre al principio -declaró el Señor por medio del profeta Jeremías-, y ved lo que le hice por la maldad de mi pueblo Israel [...], haré también a esta Casa, sobre la cual es invocado mi nombre, en la que vosotros confiáis, y a este lugar que os di a vosotros y a vuestros padres, como hice a Silo”. Jeremías 7:12-14.
“Y después que acabaron de repartir la tierra”, y cuando ya todas las tribus habían recibido la heredad que les tocara, Josué presentó su derecho. A él, como a Caleb, se le había prometido una herencia especial; no pidió, sin embargo, una provincia grande, sino una sola ciudad. “Le dieron la ciudad que él pidió; [...] y él reedificó la ciudad, y habitó en ella”. Josué 19:49, 50. El nombre que se le puso a la ciudad fue Timnat-sera, “la parte que sobra”, y atestiguó para siempre el carácter noble y espíritu desinteresado del vencedor que, en vez de ser el primero en apropiarse del botín de la victoria, postergó su derecho hasta que los más humildes de su pueblo habían recibido su parte.
Seis de las ciudades dadas a los levitas, tres a cada lado del Jordán, fueron designadas como ciudades de refugio, a las cuales pudieran huír los homicidas en busca de seguridad. La designación de estas ciudades había sido ordenada por Moisés, para que en ellas se refugiara “el homicida que hiera a alguien de muerte, sin intención. Esas ciudades serán para refugiarse del vengador -dijo-, y así no morirá el homicida antes de haber comparecido a juicio delante de la congregación”. Números 35:11, 12. Lo que hacía necesaria esta medida misericordiosa era la antigua costumbre de vengarse particularmente, que encomendaba el castigo del homicida al pariente o heredero más cercano al muerto. En los casos en que la culpabilidad era clara y evidente, no era necesario esperar que los magistrados juzgaran al homicida. El vengador podía buscarlo y perseguirlo dondequiera que lo encontrara. El Señor no tuvo a bien abolir esa costumbre en aquel entonces; pero tomó medidas para afianzar la seguridad de los que sin intención quitaran la vida a alguien.
Las ciudades de refugio estaban distribuidas de tal manera que había una a medio día de viaje de cualquier parte del país. Los caminos que conducían a ellas debían conservarse en buen estado; y a lo
largo de ellos se tenían que colocar letreros que llevaran en caracteres claros y distintos la inscripción “Refugio” o “Acogimiento” para que el fugitivo no perdiera un solo momento. Cualquiera, ya fuera hebreo, extranjero o peregrino, podía valerse de esta medida. Pero si bien no se debía matar precipitadamente al que no fuera culpable, el que lo fuera no había de escapar al castigo. El caso del fugitivo debía ser examinado con toda equidad por las autoridades competentes, y solo cuando se comprobaba que era inocente de toda intención homicida podía quedar bajo la protección de las ciudades de asilo. Los culpables eran entregados a los vengadores. Los que tenían derecho a gozar protección podían tenerla tan solo mientras permanecieran dentro del asilo designado. El que saliera de los límites prescritos y fuera encontrado por el vengador de la sangre, pagaba con su vida la pena que entrañaba el despreciar las medidas del Señor. Pero a la muerte del sumo sacerdote, todos los que habían buscado asilo en las ciudades de refugio quedaban en libertad para volver a sus respectivas propiedades.
En un juicio por homicidio, no se podía condenar al acusado por la declaración de un solo testigo, aunque hubiera graves pruebas circunstanciales contra él. La orden del Señor fue: “Cualquiera que dé muerte a alguien, según la declaración de los testigos morirá el homicida pero un solo testigo no bastará para condenar a una persona a muerte”. Números 35:30. Fue Cristo quien le dio a Moisés estas instrucciones para Israel; y mientras estaba personalmente con sus discípulos en la tierra, al enseñarles como debían tratar a los pecadores, el gran Maestro repitió la lección de que el testimonio de un solo hombre no basta para condenar ni absolver. Las cuestiones en disputa no han de decidirse por las opiniones de un solo hombre. En todos estos asuntos, dos o más han de reunirse y llevar juntos la responsabilidad, “para que en boca de dos o tres testigos conste toda palabra”. Mateo 18:16.
Si el enjuiciado por homicida era reconocido culpable, ninguna expiación ni rescate podía salvarle. “El que derramare sangre del hombre, por otro hombre su sangre será derramada”. “No aceptaréis rescate por la vida del homicida, porque está condenado a muerte: indefectiblemente morirá”, “de mi altar lo apartarás para que muera”, estas fueron las instrucciones de Dios juntamente con las siguientes: “La tierra no puede ser purificada de la sangre derramada en ella si no es por la sangre del que la derramó”. Génesis 9:6; Números 35:31-33; Éxodo 21:14. La seguridad y la pureza de la nación exigía
que el pecado de homicidio fuera castigado severamente. La vida humana, que sólo Dios podía dar, debía considerarse sagrada.
Las ciudades de refugio destinadas al antiguo pueblo de Dios eran un símbolo del refugio proporcionado por Cristo. El mismo Salvador misericordioso que designó esas ciudades temporales de refugio proveyó por el derramamiento de su propia sangre un asilo verdadero para los transgresores de la ley de Dios, al cual pueden huír de la segunda muerte y hallar seguridad. No hay poder que pueda arrebatar de sus manos las almas que acuden a él en busca de perdón. “Ahora pues, ninguna condenación hay para los que están en Cristo Jesús”. “¿Quién es el que condenará? Cristo es el que murió; más aún, el que también resucitó, quien además está a la diestra de Dios, el que también intercede por nosotros”, “para que [...] tengamos un fortísimo consuelo, los que hemos acudido para asirnos de la esperanza delante de nosotros”. Romanos 8:1, 34; Hebreos 6:18.
El que huía a la ciudad de refugio no podía demorarse. Abandonaba su familia y su ocupación. No tenía tiempo para despedirse de los seres amados. Su vida estaba en juego y debía sacrificar todos los intereses para lograr un solo fin: llegar al lugar seguro. Olvidaba su cansancio; y no le importaban las dificultades. No osaba aminorar el paso un solo momento hasta hallarse dentro de las murallas de la ciudad.
El pecador está expuesto a la muerte eterna hasta que encuentre un escondite en Cristo; y así como la demora y la negligencia podían privar al fugitivo de su única oportunidad de vivir, también pueden las tardanzas y la indiferencia resultar en ruina del alma. Satanás, el gran adversario, sigue los pasos de todo transgresor de la santa ley de Dios, y el que no se percata del peligro en que se halla y no busca fervorosamente abrigo en el refugio eterno, será víctima del destructor.
El prisionero que en cualquier momento salía de la ciudad de refugio era abandonado a la voluntad del vengador de la sangre. En esa forma se le enseñaba al pueblo a seguir celosamente los métodos que la sabiduría infinita había designado para su seguridad. Asimismo no basta que el pecador crea en Cristo para el perdón de sus pecados; debe, mediante la fe y la obediencia, permanecer en él. “Si pecamos voluntariamente después de haber recibido el conocimiento de la verdad, ya no queda más sacrificio por los pecados, sino una horrenda expectación de juicio y de hervor de fuego que ha de devorar a los adversarios”. Hebreos 10:26, 27.
Patriarcas y Profetas · Ellen G. White